Guía altas y bajas en Sistema RED

Altas y bajas sucesivas sistema red y siltra

Uno de los movimientos de afiliación más comunes en el Sistema RED son los movimientos de altas y bajas de trabajadores, siempre siguiendo unos plazos establecidos, claro está.

En esta guía quiero hablarte de toda la parafernalia que rodea a los movimientos de altas y bajas en Sistema RED, tales como los plazos y los elementos básicos de un alta o la de una baja de trabajados. Solo te pido que sigas atento a los siguientes párrafos para volverte en un ninja de las altas y bajas en el Sistema RED. ¡Vamos a ello!

Requisitos previos a la hora de dar altas y bajas a trabajadores

Lo más importante de todo es saber quién puede dar las altas o bajas de trabajadores en la oficina virtual de la Seguridad Social, y no es otro que un autorizado red, las empresas, sin autorizado red no pueden realizar esta operación, te recomiendo los siguientes artículos para mayor información.

Tras estos pasos previos, voy a hablarte, dado sus características, en diferentes partes, por un lado las altas y por el otro las bajas

Alta Trabajador en Sistema RED o SLD​

En los siguientes puntos, voy a indicarte los pasos para la mecanización de altas de trabajadores en la Oficina Virtual y nombrarte cada uno de los elementos que lo conforma.

¿En qué apartado se encuentra este trámite en Sistema RED o SLD?

La ruta será la siguiente...

Acceso al Sistema RED >> Inscripción y Afiliación Online >> Trámites Trabajadores >> Altas y Bajas Sucesivas

Con el objetivo de utilizar en modo prueba y ver las diferentes claves voy a proceder desde aquí a utilizar la herramienta Siltra que tiene los mismos campos en Sistema RED Online.

Si utilizas Siltra y quieres seguir el mismo procedimiento, te indicaré la ruta a continuación.

Procesar remesas Afiliación >> Seleccionamos la opción de "Crear Fichero" >> Siguiente >> Afiliados >> Actualización de información >> Anotación >> Altas Sucesivas

El menú de alta de trabajadores se divide en dos pantallas, la primera donde se introducirá los datos básicos del trabajador y la segunda pantalla es para cumplimentar los datos del contratación.

Altas Sucesivas Captura de datos - ventana 1

La primera pantalla lo hemos dividido en dos puntos

Manú Altas y Bajas Sucesivas Siltra

En el primer apartado se comunicará la información básica de la empresa, que es el Código de Cuenta de Cotización y la Razón Social y en el campo "Tipo" se rellenará el tipo de empresa que se es. Los códigos son los siguientes:

  • 1 - Individual. Persona Física
  • 2 - Colectivo. Persona Jurídica
  • 3- Sin personalidad Jurídica
  • 4- Entidad u organismo de las Administraciones Públicas​

En el segundo apartado se mecanizará los datos básicos del trabajador, para este punto, en el campo "tipo" los valores serán los siguientes.

  • 1 - D.N.I.
  • 2 - Pasaporte
  • 6 - N.I.E.​

​Altas Sucesivas captura de datos - ventana 2

Te aparecerá la siguiente ventana​

Menú altas y bajas sucesivas

Como podrás ver hay muchas opciones que remarcar, pero la manera de mecanizar dependerá mucho del tipo o características del contrato que se quiera dar.

Tablas de códigos de cada campo

En este artículo explicaremos todos y remarcaremos los apartados esenciales en cada situación de Alta de trabajador y posteriormente iremos creando artículos con las diversas situaciones de contratación.​

Situación (Obligatorio)

Solo hay una clave para las situaciones de alta, es la clave 01 - Alta normal. Los códigos de bajas lo puedes encontrar en el artículo claves de bajas laborales

Fecha real (Obligatorio)

Se mecanizará la fecha real de la situación de Alta. Existen plazos de comunicación, lo puedes visitar en el artículo "Plazos afiliación Sistema RED" en el se detallan los plazos de alta y baja de trabajadores así como las variaciones de contratos.

Grupo de Cotización (Obligatorio)

En este apartado tendrá que señalar el grupo de Cotización que le pertenezca al trabajador

A continuación te indicamos la tabla del Grupo de Cotización

Clave del GrupoGrupo de Cotización
01Ingenieros y Licenciados
02Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados
03Jefes Administrativos y de Taller
04Ayudantes no Titulados
05Oficiales Administrativos
06Subalternios
07Auxiliares Administrativos
08Oficiales de 1º y de 2º
09

Oficiales de 3º y especialistas
10

Peones
11

Trabajadores menores de 18 años

Ocupación (Dependerá de la circunstancia de contratación)

Va encaminado a la tarifa de contingencias profesionales, pero dirigidas a aquellos trabajadores que no realizan la misma actividad de una empresa, que viene reflejada en el CNAE y si dicha actividad aislada se adecua plenamente a los códigos de ocupación de la siguiente lista.

Esto obligará que el % de AT/EP a deducir sea diferente a la actividad del CNAE y se iguale al % correspondiente de la ocupación que le corresponde.

CódigoOcupación
ATRAB. EXC. OFICINA
DTRAB. CONSTRUCCION
FCONDUCT. MERCANCIAS
GPERSONAL DE LIMPIEZA
H

PERSONAL DE SEGURID.

VR.E. MAR GRUPO C2
WR.E. MAR GRUPO C3
XCARGA/DESC. PUERTOS
YTRAB. EN MINAS
Z

DEPENDIENTES Y R.C.

Tipo de Contrato (Obligatorio)

Es obligatorio, pero tiene sus matices, en la gran mayoría de situaciones será obligatorio, pero existirán situaciones de altas especiales como la de becarios o de asimilados al alta con contrato mercantil que no precisen de un contrato.

Coeficiente (Obligatorio en contratos parciales)

Será el coeficiente correspondiente a las horas que va a desempeñar el trabajador.No es un valor porcentual, más bien ‰, es decir es un calculo en base mil. Esto significa que delante del 0, irán 3 dígitos.

Cabe mencionar también, que el número de horas totales de jornada completa lo que dictamina el convenio.

Ejemplo: Si Empresa A tiene un trabajador que el convenio dicta que 40 horas semanales será la jornada completa, entonces a media jornada sería el valor 0,500, es decir, 20 horas semanales.

Por contra, Empresa B tiene un trabajador que el convenio colectivo dicta ​que 37 horas sería la jornada completa, por tanto, el valor 0,500 de media jornada será de 18,5 horas semanales.

Reducción de Jornada (Obligatorio si aplica)

Existen dos maneras de reducir la jornada de un trabajador. La primera es la variación normal donde jugamos con el coeficiente, por otra parte, tenemos las reducciones ocasionadas por situaciones especiales, se denomina Reducción de Jornada.

En la siguiente tabla indicaremos los diferentes tipos de reducciones que se pueden aplicar

CódigoTipo de Reducción
001CUIDADO DE MENOR
002CUIDADO DE DISCAPACITADO
003CUIDADO DE FAMILIAR
004LACTANCIA
005

VIOLENCIA DE GÉNERO

006NACIMIENTO DE HIJO PREMATURO
007CUIDADO DE MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE
008CUIDADO MENOR ENF. GRAVE+OTRA RED. JORN.

Cabe mencionar también que cada tipo de situación a de ser autorizado previamente por el organismo competente.

También a elección de este apartado irá relacionado tanto al anterior (Coeficiente) y el apartado siguiente (Coeficiente tiempo parcial inicial)

Coef. Tiempo. parc. Inic. (Obligatorio para las parcialidades acogidas a Reducción de Jornada)

Este valor se ha de indicar si el trabajador que se aplica la reducción de jornada del apartado anterior dispone una parcialidad inicial.Para aclarar esto, te indicaré un ejemplo.

Un trabajador dispone de jornada 0,850 y se aplica la Reducción de Jornada 001 Cuidado del Menor.En el campo "Coeficiente" se deberá marcar nuevo coeficiente a desempeñar tras la reducción. En "Reducción de Jornada" se marcará el código 001 y en el campo "Coef. Tiempo. Parc. Inic." se tendrá que indicar el coeficiente que tiene en circunstancias normales, es decir, 0,850.

Colectivo (Se aplica si procede)

Se dan en situaciones específicas de contratación y bajo un dictamen legal que lo ampara.

CódigoTipo de Ocupación
008APRENDICES
009APRENDICES MINUSVÁLIDOS
015SENTENCIA FIRME ENCUADRAMIENTO EMANCIPADOS
378BUCEADORES EXTRACTORES
379

BUCEADORES

381BUCEADORES PROFESIONALES
385REDEROS Y REDERAS
396ESTIBADORES PORTUARIOS
951CONSEJERO-ADMINIST.SMC.CONTRAT.TRABAJO
952CONSEJERO-ADMINIST.SMC.CONTRAT.MERCANTIL
953SOCIO COOPERATIVA DURACIÓN DETERMINADA JORNADA COMPLETA
954SOCIO COOPERATIVA DURACIÓN DETERMINADA JORNADA PARCIAL

Condición Desempleado (Se aplica si procede)

Según que circunstancia o qué tipo de bonificación se quiera acoger se deberá elegir un código de los siguientes campos.La elección de cada campo va siempre bajo circunstancias legales, en este caso, se ha de contactar previamente con el SEPE si por normativa cual sería la más idónea para el trabajador.

En este campo asisten situaciones que se encuentran derogadas, como el ejemplo del código 7, la R (Tarifa Reducida) y la P (Tarif. Plana) Si ves alguna que sepas que también se encuentra derogada, puedes comentar abajo y lo indicaremos.

CódigoTipo de Condición Desempleado
1Desemp./Desemp. inscrito Of. Empleo.
2Desempleado inscrito en la Oficina de Empleo durante más de 12 meses.
3Desempleado Subsidio Régimen Especial Agrario.
4Beneficiario Prestación Desempleo -Contributiva o Asistencial- durante más de un año.
5

Desempleado inscrito en la Oficina de Empleo durante más de 6 meses.

6Beneficiario Prestación Desempleo-Contributiva o Asistencial - Al que falta un año o más de percepción de la prestación.
7Beneficiario de Subsidio Desempleo. Mayor de 52 años. (Derogada)
8Desempleado Excedente Sector Textil falta 1 año.
ABeneficiario Prestación Desempleo.
BDesempleado con problemas de empleabilidad.
CDesempleado 01/01/2011.
DDesempleado 01/01/2011, 12 meses en 18 meses.
EDesempleado 16/08/2011.
FDesempleado inscrito en la Oficina de Empleo. Carga familiar.
GDesempleado inscrito en la Oficina de Empleo +6 meses. Carga familiar.
HDesempleado sin exp. laboral o < 3 meses.
IDesempleado proc. otro sector actividad.
JDes. sin exp. lab./<3 meses.Empleo joven.
KDesempleado sin título oficial enseñanza.
MDesempleado Contrato de Trabajo CTP menor 333.
PTarifa plana (Derogada)
RTarifa reducida. (Derogada)
TDesempleado Excedente Sector Textil.
UDesempleado +6 meses Excedente Textil.

R.L.C.E (Obligatorio según relación laboral)

La Relación Laboral de Carácter Especial se utiliza en situaciones de contrataciones específicas. Esto repercutirá en la manera de proceder el alta de un trabajador.

CódigoTipo de R.L.C.E
0100Personal de Alta Dirección
0301Penados en instituciones penitenciarias-Aprendizaje/Formación-
0302Penados en instituciones penitenciarias-Actividad laboral-
0303Penados en instituciones penitenciarias-Beneficio comunidad-
0304

Penados en instituciones penitenciarias-Menores-

0401Deportistas profesionales. Jugadores de fútbol
0409Deportistas profesionales
0500Representantes de comercio
0501Vendedores del cupón de la ONCE
0600Minusválidos en Centros Especiales de Empleo
0601Minúsválido procedente enclave laboral
0602Discapacitado Org. Nac. Ciegos
0700Estibadores portuarios
0800Artistas en espectáculos públicos
0900Abogados en despachos de abogados
0936Reclusos en beneficio de la comunidad
0961Convenio Japón AT/EP
9901Investigadores del Sist. Español de Ciencia y Tecnología
9902Médicos Internos Residentes
9903U.P. Ayudante
9904U.P. Profe. Ayud. Doct
9905U.P. Profe. Colaborad
9906U.P. Profe. Contr. Doct
9907U.P. Profes. Asociados
9908U.P. Profe. Visitantes
9909Personal investigador en formación –beca-
9910Personal investigador en formación -contrato prácticas-
9911Alumnos - Trabajadores en programas de escuela taller
9912Alumnos - Trabajadores en programas de casas de oficio
9913Alumnos - Trabajadores en programas de talleres de empleo
9914Pensionista de incapacidad S.S.
9915Pensionista de incapacidad clases pasivas
9916Personal investigador I+D+i
9918Contr. Formación-Prórroga post. 18-06-2010 / Formación-Prórroga
9920Contrato Formación no bonif. > 18-06-2010
9921Contrato Predoctoral
9922Participación en prog. para la formación
9923Práct. No laborales en empresas
9924Socio Sociedad Laboral.
9925No Socio Sociedad Laboral.
9926Alum. participante proyecto Empleo-Formación.
9927Prácticas académicas externas.
9928Prácticas Curriculares Externas RDL8/2014.

NSS Sustituido (Obligatorio si se aplica el campo Causa de Sustitución)

Será el número de Afiliación de la Seguridad Social de la persona que será sustituida, en caso de que se esté mecanizando el alta de la persona sustituta.

Causa de Sustitución (Solo si se aplica)

Al igual de el campo "Reducción de Jornada" también hay situaciones especiales de sustituciones de trabajadores

CódigoTipo Causa de Sustituión
01Sustitución por Excedencia por cuidado de familiares
02Sustitución por descanso por maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo
03Sustitución Jubilado anticipadamente a los 64 años
04Sustitución Minusválido
05

Sustitución Minusválido en situac. de IT

06Víctimas de violencia de género
07Cobertura Vacante. Mantenimient. Deducción

F. Inic. Contrato (Obligatorio si se marca la casilla FIC específico)

Hay situaciones como por ejemplo, las subrogacciones de trabajadores de un CCC a otro CCC es necesario marcar para no perder la antigüedad del trabajador.Para activar este campo es necesario marcar la Casilla FIC.

Cat. Profesional (Solo si procede)

Relacionado al Régimen Especial de la Minería del Carbón y el Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Coeficiente de Permanencia (Dirigida al Régimen 0132)

Dirigida al Régimen Especial de Frutas y Hortalizas

Coeficiente Reductor (Jubilación)

Referente al coeficiente reductor de la edad de jubilación

Exclusión Social / Víctimas (Cuando proceda)

Situaciones especiales que se deberán remarcar si se ampara a las siguientes circunstancias.

CódigoTipo de Exclusión Social
1Exclusión social
2Víctimas de violencia doméstica
3Víctima de violencia de género
4Exclusión social – itinerario de inserción
5

Fracaso previo inserción/recaída excluido social

8Víctimas terrorismo
IVíctima trata seres humanos

Inactividad (Se deberá marcar cuando se den las situaciones)

Situaciones de contratos en el cual el trabajador no rompe una relación laboral, si no que entra en situación de Inactividad.

CódigoInactividad
1Periodo Inactividad
2Huelga Total
3Huelga Parcial >> se habilitará Coef. Huelga / ERE
4Trienios Funcionarios
5

Ausencia del trabajo -R.E.M.C.-

6Alta sin retribución
7FUNCIONARIOS R. GENERAL PERMISO SIN SUELDO
8FUNCIONARIOS R. GENERAL SUSPENSION PROVISIONAL
9

FUNCIONARIOS R. GENERAL SUSPENSION PROV. NO FIRME
AFUNCIONARIOS R. GENERAL SUSPENSION PROV. FIRME
ESUSPENSIÓN TOTAL ERE
FSUSPENSIÓN PARCIAL ERE >> se habilitará Coef. Huelga / ERE
GSUSPENSIÓN PARCIAL ERE Y HUELGA PARCIAL >> se habilitará Coef. Huelga / ERE
HRESERVISTAS EN PERIODOS DE ACTIVACIÓN
ISUSPENSIÓN TOTAL ERE FUERZA MAYOR
JSUSPENSIÓN PARC. ERE FUERZA MAYOR
KSUSP. PARC. ERE FUERZA MAYOR+HUELGA.P.
ZINACTIVIDAD NO COTIZACIÓN/PERMANENCIAS.

 

Mujer Reincorporada (Derogado)

Señalado en el Boletín 9 de Agosto de 2012

Convenio Colectivo (Solo si se dispone de varios convenios en la empresa)

Se deberá indicar el convenio colectivo que corresponda al trabajador con previa comunicación en el código de cuenta de cotización principal. Más información en el artículo Anotación de Convenio Colectivo

Cambio Puesto de Trabajador (Solo si se aplican las siguientes situaciones)

CódigoCambio Puesto Trab.
01Por riesgo durante el embarazo o lactancia natural
02Por enfermedad profesional
03Trabajador procedente ETT

Pérdida Beneficios (Cuando se den las siguientes circunstancias)

CódigoPérd. Beneficio
01Falta de concurrencia de requisitos
02Extinción contrato bonificado últimos 12 meses
03No aplicación peculiaridades vigentes

Otras claves son de carácter administrativos que no se pueden incluir

Mod. Cotización (Obligatorio solo para el Régimen Agrario)

CódigoModalidad de cotización
0Sin modalidad de cotización
1Cotización mensual
2Cotización por jornadas reales

Vínculo Familiar (Solo en las siguientes circunstancias)

CódigoVínculo Familiar
1Familiar hasta segundo grado
3Hijo menor 30 años
4Familiar menor 45 años
5Hijo mayor 30 años. Discapacidad cualificada.

Excedente Sec. Ind. (Aplicable a determinados sectores)

CódigoTipo de Industria
01Textil. Confección.
02Calzado.Curtidos. Marroquinería
03Juguete
04Mueble

 

Número de Trabajadores o Indicador Trabajador Empresa (Opcional)

Este valor indicará el número de trabajadores que dispone la empresa, será necesario anotarlo para situaciones específicas como el Contrato de Apoyo a Emprendedores o microempresas

CódigoNúmero de Trabajadores
1< 50 Trab.-Emprendedores
3< 9 Trabajadores

Beneficios (Obligatorio solo para Garantía Juvenil)

​Existe un error con respecto a la anotación de Garantía Juvenil.Independientemente de la Situación del trabajador inscrito en el SNGJ, el valor a anotar será siempre el valor 01, posteriormente será la TGSS la que se encargará de comprobar este movimiento y lo pasará al valor 11.

CódigoBeneficios
1BENEFICIARIO SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL. SOLICITADO
11BENEFICIARIO SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL. ACREDITADO (No se ha de marcar en ningún caso)

Sistema Especial (Obligatorio para los Regímenes Especiales)

Este campo se ha habilitado recientemente para permitir diferenciar las circunstancias especiales de los diferentes Regímenes Especiales que han pasado al Régimen General en Sistema de Liquidación Directa

CódigoSistema
32Sistema Especial de frutas, hortalizas y conservas vegetales
35Sistema Especial de Hostelería
35Sistema Especial de exhibición cinematográfica y similar
37Sistema Especial de opinión pública

Otros campos de cumplimentación

Según sea la circunstancia del trabajador se deberá remarcar las casillas correspondientes

  • Mujer Subrepresentada
  • Trabajador Autónomo
  • FIC Específico
  • Form. Empl. Agrario
  • Incap. Readmitido
  • Relevo
  • Renta Act. Inser.
  • Parto últimos 24 meses

Baja Trabajador en Sistema RED o SLD

En este caso, la ruta a seguir será lo mismo, pero solo se deberá seleccionar Baja

Acceso al Sistema RED >> Inscripción y Afiliación Online >> Trámites Trabajadores >> Altas y Bajas Sucesivas

Y en Siltra o Winsuite32 será la siguiente ruta

Procesar remesas Afiliación >> Seleccionamos la opción de "Crear Fichero" >> Siguiente >> Afiliados >> Actualización de información >> Anotación >> Bajas

Y como seguiremos en la aplicación Siltra nos aparecerá el siguiente menú

Bajas Sistema RED Bajas SLD

Situación (Obligatorio)

Las claves de bajas son obligatorias, pero en el artículo Claves de baja contratos, te indicamos todas las claves

Fecha real (Obligatorio)

Se ha de comunicar la fecha en la cual se hará efecto la baja del trabajador, es importante saber los plazos para cursar una baja.Podemos cursarlo hasta 60 días previos (Baja previa), el mismo día o 3 posteriores a la fecha real.

Días Trab. (0132) (Obligatorio cuando se aplique)

Obligatorio solo para el Régimen Especial de Frutas y Hortalizas

Días no CPSE (Opcional cuando se aplique)

Se dan en aquellos días en situación de alta a los que no son de aplicación el coeficiente de permanencias por tratarse de días de situaciones de incapacidad temporal, maternidad, etc.Seguimos indicando que se comunica en el Régimen 0132

Días Trabajados (Opcional)

Su comunicación va dirigido para los contratos a tiempo parcial, que se deberá calcular según el coeficiente a tiempo parcial que disponga el trabajador

Fecha prev. fin contr. (Opcional)

Si indican en los casos de excedencias de contratos temporales

Si ves algún punto que necesites más desarrollo, duda o simplemente la norma esté derogada, no dudes en comentar aquí abajo, también puedes puntuar este artículo.

  1. JUAN dice:

    COMO DEBO TRAMITAR EL ALTA DE UN MENOR DE 16 AÑOS A TRAVES DEL SISTEMA RED

  2. VIOLETA dice:

    Buenos días, querría saber para dar de baja a un trabajador con 3 posteriores a la fecha real, si quiere decir que cuento los tres días naturales, es decir, hoy día 24 puedo dar de baja a un trabajador con fecha 20 o 21?
    Saludos,

  3. EDUARDO GONZALEZ TORRES dice:

    BUENOS DIAS. TENGO UN PROBLEMA PORQUE DI DE ALTA A LOS TRABAJADORES EN EL SISTEMARED, PERO NO ME HE DADO CUENTA Y TENGO A MAS DE 25 TRABAJADORES QUE HE DADO DE ALTA EN EL MES DE DICIEMBRE , Y AHORA COMO PUEDO PRESENTAR LOS S.SOCIALES?

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