Contrato bonificado trabajador larga duración en Sistema RED

contrato bonificado trabajadores larga duración

A partir del 1 de abril las empresas podrán aplicar una nueva modalidad contractual bonificada, enfocado a disminuir el número de parados de larga duración. Esta bonificación viene regulada en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, concretamento en su artículo 8. "bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración"

En este artículo quiero hablarte sobre esta nueva bonificación de contrato, los requisitos y la manera de mecanizarlo correctamente en el Sistema RED. Si quieres saber un poco más sobre el alta del contrato bonificado para trabajadores desempleados de larga duración en Sistema RED, solo debes seguir las siguientes líneas de este artículo. ¡Vamos a ello!

¿Qué trabajadores se pueden acoger a la nueva bonificación por trabajadores de larga duración?

El mismo nombre de la bonificación ya lo dice todo, va dirigido a trabajadores que se encuentren inscritos como demandante de empleo durante más de doce meses.

Como bien se puede ver en el siguiente gráfico, la tasa de paro ha ido disminuyendo desde su punto más alto para hombres en el 2013 con 12,5 y en 2014 para las mujeres con un 13,7%.

tasa de paro de trabajadores de larga duración por sexos

Tras la comparación de la gráfica con la media europea, se confirma la necesidad de cubrir de incentivos por la contratación de este colectivo.

Bonificación contratación de parados de larga duración

Como bien informa el artículo 8 del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo,
Los empleadores que contraten indefinidamente a personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado

Cuotas

Cuantía mesCuantía añoDuración
Hombres108,33 €1300 €Hasta 3 años
Mujeres125 €1500 €Hasta 3 años

Si el contrato se celebra a tiempo parcial las bonificaciones se disfrutarán de manera proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato.

Requisitos empresa

  • El empresario deberá encontrarse al corriente de deudas con la Seguridad Social
  • La empresa deberá mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de inicio de la relación laboral.
  • Asimismo, deberá mantener el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato durante, al menos, dos años desde la celebración del mismo

En caso de incumplimiento de estas obligaciones se deberá proceder al reintegro del incentivo.

Alta contrato larga duración en Sistema RED

La comunicación de este contrato también viene consigo con una nueva mecanización siendo de aplicación, como novedad, la condición de desempleado L.

Puedes ver el siguiente vídeo de la mano de Aprende RED, la plataforma para los usuarios del Sistema RED explicado paso a paso

El procedimiento de alta sigue la misma línea que cualquier otro tipo de movimiento de afiliación en Sistema RED, salvo que se ha de indicar la condición de desempleado L

La ruta que deberás seguir será:

Acceso a Sistema RED >> Inscripción y Afiliación Online Real >> Trámites Trabajadores >> Altas Sucesivas y Bajas

Al acceder tendrás que cumplimentar los datos del trabajador y el código de cuenta. En la siguiente pantalla, te remarco en la imagen las opciones que deberás rellenar

  • Situación: 01
  • Fecha Real Alta: La fecha de inicio de la relación contractual
  • Grupo de cotización: la que corresponda a la actividad y puesto.
  • Tipo de contrato: 150, 250 o 350
  • Coeficiente de tiempo parcial: Si el trabajador va a realizar una actividad distinto a la jornada completa
  • Condición de desempleado: L, trabajador de larga duración inscrito en la oficina de empleo

Al finalizar, solo deberás confirmar el alta, imprimir, comprobar y guardar el IDC del trabajador

  1. maria jose dice:

    Trabajadora mayor 45 años que no tiene 12 meses de antiguedad en el desempleo no esta bonificada.

  2. Pablo dice:

    Muy bien explicado

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