Plazos de cierres de liquidaciones
Las liquidaciones en Sistema RED y en Sistema de Liquidación Directa son las mismas, pero con algunas diferencias.
En este artículo hablaremos sobre los periodos de cierres de liquidación o cierres de oficio que realiza la Tesorería General de la Seguridad Social en cada mes de recaudación. Y ya que hablamos del periodo de recaudación, también hablaremos de la diferencia entre periodo de recaudación y periodo de liquidación, que a veces suele dar a equívocos.
Por otra parte informar de los plazos fuera de los cierres de oficio para tenerlo todo en un solo artículo.
Diferencia entre Periodo de Liquidación y Periodo de Recaudación
Cuando se trata de realizar las confesiones y el envío de los Seguros Sociales (quitando algunos regímenes especiales), los envíos se realizan a mes vencido, por ello se habla de periodo de liquidación el mes anterior y de periodo de recaudación el mes en el cual se envía los Seguros Sociales.
Por poner un ejemplo.
Te encuentras a día 5 de Agosto, por tanto tendrás que mandar los Seguros Sociales pertenecientes a julio, de esta manera, Agosto sería el periodo de RECAUDACIÓN y julio, el periodo de LIQUIDACIÓN.
Tipos de cierres oficio para el envió de los Seguros Sociales.
En este caso vamos a distinguir dos tipos de cierres, el cierre para cargo en cuenta y para pago electrónico.
Cierre cargo en cuenta
Será la modalidad a utilizar para aquellas empresas que quieran realizar los pagos por cuenta bancaria en una entidad admitida por la Seguridad Social, es decir, la TGSS realizará un petición de orden de pago a la cuenta bancaria comunicada de la cuantía de los Seguros Sociales de ese periodo de liquidación.
Cierre para pago electrónico
Conocido también por pago en ventanilla, en este caso, la empresa tendrá que imprimir el documento de pago y dirigirse a cualquier entidad financiera para realizar el pago, es decir, tendrá que imprimir el recibo de liquidación de cotizaciones (RLC) y realizar el abono en ventanilla.
Plazos de cierres de oficio para el envío de las liquidaciones Sistema RED
Una vez entendido los tipos de cierres, es hora de hablar de los plazos de cada uno de ellos en las diferentes modalidades de presentación.
Cargo en cuenta de Seguros Sociales
Sistema de Liquidación Directa Actualizado 2017
Dispone de plazo hasta el día 22 de cada mes, inclusive el mismo día, hasta las 23:59 horas, cualquier confirmación posterior pasaría a pago electrónico
Anteriormente los cierres de oficio para cargo en cuenta eran los días 20 de cada mes, con esta nueva normativa a partir del año 2017, los cierres se efectuaran el día 22 de cada mes a excepción de los meses de febrero y diciembre, que seguirán con el anterior formato, es decir, cada día 20.
RED Directo actualizado 2017
Se aplica la misma norma que en SLD
RED Internet actualizado 2017
También hasta el mismo día 22 de cada mes, pero el envío deberá realizarse antes de las 20:00 horas.
Pago electrónico de los Seguros Sociales
El pago electrónico o pago en ventanilla dispone de dos cierres de oficio
Sistema de Liquidación Directa
El primer cierre se realizará cada día 24 del mes de recaudación, el segundo cierre de oficio se efectuará el día 28 de cada mes. Cabe recordar que estos días son de manera general inamovibles, salvo una comunicación previa en el Boletín de Noticias RED
RED Directo
Se aplica la misma norma que en SLD
RED Internet
En este caso en concreto se aplica los mismos periodos y las mismas cuestiones relacionadas a los preavisos de la TGSS
¿Cuándo se debería confirmar los envíos de liquidaciones?
Para esto existen varios supuestos. Muchos tienen la convicción que si confirman las liquidaciones antes del día 22, todas pasarían a cargo en cuenta.
Lejos de esta cuestión, siempre se podrá cambiar la modalidad de pago (hasta el día 22, salvo febrero y diciembre que será hasta el día 20) sin ningún problema, para ello, las liquidaciones deberán estar confirmadas.
Te hablaré de cada una de las cuestiones a continuación.
Sistema de Liquidación Directa
Puedes realizar el envío desde el día 1 de cada mes.
Si quieres realizar la confirmación para pago electrónico podrás hacerlo en cualquier momento, siempre estará la opción de "Cambio de Modalidad de Pago"
Hasta el día 22 se podrá cambiar la preferencia de pago, en la plataforma de Sistema RED en el apartado Cotización SLD Remesas / Cambio de modalidad de pago.
Por tanto, te dejo un claro ejemplo.
Un envío de Liquidación de cotizaciones del mes de Agosto.
El envío de bases se puede efectuar desde el día 1 de Septiembre, es decir, desde el primer día en el periodo de recaudación
Se espera la respuestas de las bases y si está todo correcto, se crea el fichero de confirmación.
Tras la recepción de la comunicación pasará lo siguiente:
- Si tenías los datos bancarios comunicados, pasarán a cargo en cuenta, en este caso, solo bastará con la opción de "Cambio de Modalidad de Pago" para pasarlo a Pago Electrónico
- Si no tenías los datos bancarios anotados, la liquidación pasará si o si a Pago electrónico.
Una vez realizado esto, se puede dirigir a la sección Cotización SLD Remesas / Solicitud de Recibos de Liquidación dentro de Sistema RED Online.
Podríamos decir que RED Directo es el hermano menor de SLD, utilizado para empresas de menos de 15 trabajadores y que no dispusieran de un programas de nóminas.
De esta manera, podrás disponer del RLC antes del día 5 de Septiembre para realizar el pago en su entidad financiera.
RED Directo
Por este mismo caso, todo lo aplicado en SLD, será semejante en RED Directo, salvo que la mecanización de los Seguros Sociales se realiza manual y directamente, por tanto, no sigue con la parafernalia de envío de bases. A lo que a plazos se refiere es lo mismo.
Por ello aprovecho esta circunstancia en otorgar otro ejemplo válido para ambos métodos de transmisión.
Un envío de liquidación de cotizaciones del mes de Agosto.
El envío de bases se puede efectuar desde el día 1 de Septiembre (Periodo de recaudación). Pero esta vez lo queremos en Modalidad Cargo en cuenta
Tras la confesión de liquidaciones, y tras haber anotado los datos bancarios en el apartado Cotización SLD Directo (RED Directo) o en Cotización SLD Remesas (SLD)
Solo con elegir la modalidad de pago, será suficiente para que el día 22 el sistema lo reconozca como el mencionado opción de pago.
RED Internet
RED Internet (Winsuite), partiría también con los mismos periodos.
En Winsuite, se comunicaban los datos bancarios cada vez que se realiza el envío de los Seguros Sociales, por tanto, la preferencia sería según el autorizado. Pero eso si, no es posible cambiar la modalidad de pago una vez enviado y aceptado los ficheros.
Si ha día 23 falta por añadir a un trabajador o bien alguna que otra bonificación, y se hubiese enviado en cargo a cuenta, se tendría que utilizar la complementaria L09 que iría en pago electrónico.
Por el segundo caso, obligatoriamente se tendrá que esperar hasta el día uno del siguiente mes para solicitar una devolución de ingresos indebidos.
¿Cuándo debería pagar los seguros sociales o cuándo pasan el cargo a cuenta? (Plazos)
Plazos liquidaciones RED Internet
En este punto lo haré más gráfico.
Como bien indica en la imagen, los plazos serán siempre hasta el último día para confirmar las liquidaciones y el último día para realizar el pago en la modalidad pago electrónico en el caso de Winsuite
Plazos de confirmación y pago de los Seguros Sociales en RED Directo
Lo mismo que en el Sistema de Liquidación Directa, los plazos de confirmación y de pago son semejantes
En este caso, las liquidaciones enviadas a partir del día 28 de cada mes (26 en febrero) no hará falta el envío del fichero de confirmación. Si la liquidación resultara correcta, la TGSS realizará la confirmación automática y remitirá el fichero de respuesta junto con los recibos definitivos.
Plazos cierres de liquidaciones y pagos en el Sistema de Liquidación Directa
Aquí se observa la diferencia entre los dos anteriores.
A principios del 2017, el plazo de cierre de cargo en cuenta se extiende hasta el día 22 de cada mes, menos los meses de febrero y diciembre que seguirán como se muestra en la imagen anterior.
Los envíos y el pago por ventanilla estarán permitidos hasta el último día de cada mes, en caso de realizarlo, entrarías en fuera de plazo y ya tendrás que esperar a que la TGSS vuelque la deuda con el 20% de recargo.
Plazos de cierres de liquidaciones para los meses de febrero y diciembre
En diciembre, el procedimiento sería exactamente igual que en las imágenes anteriores, salvo que el cierre de las liquidaciones se adelanta para el día 20, quedando de la siguiente manera.
Para el caso de febrero, por sus características propias en concepto de los días, el cierre para cargo en cuenta se adelanta hasta el día 20, la confirmación de oficio desde el día 26 y para no entrar en detalles si el año es bisiesto o no, simplemente se deberá tener en cuenta que los envíos se deberá hacer hasta el penúltimo día y el pago hasta el último día de dicho mes.
En conclusión
A principios del año 2017 se ha ampliado el cierre en cargo en cuenta hasta el día 22 para todos los meses exceptuando febrero y diciembre que, por sus peculiaridades, seguirán siendo el cierre para cargo en cuenta hasta el día 20.
Los cierres son muy estrictos, se dispondrá de plazos para los envíos y los pagos de los Seguros Sociales, en caso de no cumplirlos, se volcarán como deuda con un 20% de recargo. Por ello es importante cumplir los plazos estipulados por la Seguridad Social en Sistema RED y Sistema de Liquidación Directa
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he recibido las liquidaciones calculadas, pero no recibo las liquidaciones confirmadas..