Trabajadores desplazados en Europa: ¿Qué son y cuáles son sus derechos?

trabajador desplazado

Existe una situación laboral administrativa que se refiere a los trabajadores desplazados que no es lo mismo que un trabajador emigrado a otro país que inicia una relación laboral, son dos conceptos diferentes.

En este artículo hablaremos sobre qué son los trabajadores desplazados, en concreto en Europa que, pese a ser una norma comunitaria reglada, algunos países, como Francia, requieren una serie de requisitos adicionales, tal como lo explican varios abogados españoles en Francia.

Trabajador desplazado vs trabajador emigrado

Los trabajadores desplazados son aquellos que realizan una actividad laboral, de forma temporal en un país distinto al país de origen, pero se mantiene los derechos y obligaciones del país de origen. Es decir, el trabajador se rige bajo la normativa del país de origen fuera de sus fronteras.

Esto es posible debido a los diferentes convenios y tratados internacionales que permiten esta situación, lo que permite al trabajador seguir cotizando y disfrutar de los beneficios sociales del país de origen sin necesidad de renunciar a él.

En cambio, un trabajador emigrado a otro país inicia la relación laboral en el país de destino y se somete a la legislación de dicho país. La relación laboral se rige en conformidad con la legislación vigente del país de destino.

En la tabla siguiente hablaremos de las diferencias principales entre ambos.

Trabajador desplazadoTrabajador emigrado
PlazosCarácter temporal. Sometido a prórrogas y dependiendo de cada país.Carácter indefinido.
ContratoEl contrato, así como los derechos y obligaciones, se rigen bajo la normativa del país de origenEl contrato, así como los derechos y obligaciones, se rigen bajo la normativa del país de destino
Sede empresaDebe disponer sede en el país de origen y de destinoDispone de sede en el país de destino.

Derechos y obligaciones de un trabajador desplazado

El trabajador desplazado, como ya hemos comentado, se regirá bajo la misma legislación que el país de origen, por lo que tendrá los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador, en cuestiones laborales, se someterá al Estatuto de los Trabajadores o un convenio colectivo aplicable, así como la garantía de estar dentro del sistema de protección de la Seguridad Social, siendo ampliables, en su caso, en los niveles transfronterizos.

Trabajadores desplazados en Francia

El empresario que quiera gestionar el desplazamiento de trabajadores, con país de origen España, deberá tramitar ante la Seguridad Social el modelo TA. 300, de modelo de solicitud de traslado de trabajadores para obtener el A.1 de confirmación del traslado.

En algunos casos, se pedirá la cumplimentación de otros requisitos según el país de destino. En estos casos, conviene consultarlo con abogados europeos especializados en desplazamientos de trabajadores.

Con respecto a Francia, los requisitos, aparte de la solicitud del modelo TA300 y con la confirmación del A.1, la empresa deberá tener en cuenta lo siguiente.

  • El traslado para trabajadores por cuenta ajena y autónomos será con un tiempo máximo de 24 meses.
  • Antes del comienzo de su intervención en Francia, el empleador que desplaza a trabajadores debe transmitir una declaración previa de desplazamiento a la inspección de trabajo del lugar de realización de la prestación a través del portal web SIPSI.
  • La empresa debe designar a un representante presente en territorio francés durante el período de la prestación
  • En caso de ser desplazamiento relacionado con actividades de obras y construcción, deben solicitar una tarjeta de identificación profesional, denominada “tarjeta BTP” para cada trabajador
  • Presentar, conservar y poner a disposición de la Inspección de trabajo francés los documentos relativos al desplazamiento y loa actividad, debidamente traducidos.

En resumidas cuentas, el procedimiento de traslado no dependerá solo del trámite por en el país de origen, sino que es necesario consultar la normativa aplicable en el país de origen en relación con trabajadores desplazados, ya que pueden solicitar requisitos o procedimientos adicionales

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