
¿Qué convenio colectivo se aplican las gestorías y asesorías en madrid?
19/10/2018 - Actualizado: 26/05/2019
Aunque la función de las asesorías y las gestorías pueden llegar a ser iguales, lo cierto es que se aplican diferentes convenios colectivos y vamos a hablar de ellos en concreto sobre los convenios colectivos que puede aplicar una gestoría y asesoría fiscal en Madrid.
En el primer caso no hay casi duda por el convenio colectivo que aplica, pero en el segundo caso a veces provoca alguna que otra duda a la hora de decantarse por un tipo de convenio u otro. En este articulo voy a hablarte un poco de cada uno de ellos.
¿Qué convenio aplica una gestoría?
El convenio que aplica una gestoría laboral, fiscal y contable sería el Convenio estatal de gestorías administrativas que indica su artículo 1.
El presente convenio regulará, a partir de su entrada en vigor, las relaciones laborales en todas las Gestorías Administrativas y sus Organizaciones Colegiales radicadas en el Estado Español, y contemplará asimismo las peculiaridades de cada zona. El presente convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio del estado español para las empresas radicadas en el mismo y el personal incluido en su ámbito funcional y personal.
Pero en su artículo 2, menciona sobre la exclusión del personal de alta dirección que se regula en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
Se trata pues de un convenio colectivo de ámbito estatal, por lo que será el que se mantenga a nivel nacional, el código de convenio sería 99002385011981.
¿Qué convenio aplica las asesorías?
Aquí hay alguna que otra discordancia, en un primer momento, se puede entender que pueda aplicar el convenio colectivo de sector despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales que también sería de carácter estatal, pero este convenio engloba al asesoramiento tributario, por lo que una asesoría laboral no podría aplicarlo.
Para esos casos se es posible aplicar el convenio colectivo de oficinas y despachos que tienen un carácter autonómico, es decir, cada Comunidad Autónomo aplica un convenio de oficinas y despachos propio, en nuestro caso, el de la Comunidad de Madrid.
El motivo de su aplicación es porque la figura de asesor laboral no está reconocida como tal por lo que no aplica un convenio específico y es posible atribuirte el ámbito funcional del C.C de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid que indica lo siguiente.
Art. 2. Ámbito funcional.—1. Este Convenio Colectivo regula las relaciones de trabajo en las oficinas y despachos, así como todas las empresas de grabación datos y centros de procesos de datos en aquellas actividades con regulación laboral específica que no comprenda a los profesionales incluidos en esta normativa.
Ahora la cuestión sería qué convenio aplicaría una asesoría que ofrece servicios tanto a nivel laboral, fiscal y contable.
Para este caso, la asesoría debería indicar cual de las actividades es la actividad principal y aplicar el convenio colectivo perteneciente a ella misma, es decir, bien el convenio colectivo de sector despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales o bien de oficinas y despachos si la actividad va enfocada más al ámbito laboral.
En cuestión de tabla salariales, la despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales es algo superior al de oficinas y despachos y el de gestorías administrativas inferior al primero pero mejor que la segunda.
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