LA AEAT publica PDF de las novedades que trae los Presupuestos Generales del Estado
Con la nueva publicación del los Presupuestos Generales del Estado, ya es posible confirmar las novedades que trae consigo a nivel fiscal. Por esta misma razón, La Agencia Tributaria a facilitado en su sitio web un PDF donde enumera todas las novedades tributarias para el año 2018.
A continuación, te enumero los diferentes puntos que trata dicho PDF
Novedades Sobre el Impuesto de las Personas Físicas (IRPF):
Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación:
Con efectos desde 5 de julio de 2018, se aplicará a los contribuyentes que dispongan de rendimientos de trabajo neto anual inferior a 16.825 euros
Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación:
Con efecto 1 de enero de 2018, los contribuyentes podrán deducirse el 30 por ciento (con anterioridad el porcentaje de deducción era el 20 por ciento) de las cantidades satisfechas en el período por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación que cumplan los requisitos.
Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla:
Con efecto a día 1 de enero de 2018, se eleva el porcentaje de la deducción al 60 por ciento (con anterioridad el porcentaje era el 50 por ciento).
Deducción por maternidad:
Con efectos desde 1 de enero de 2018, se incrementa en 1.000 euros adicionales la deducción por maternidad cuando el contribuyente que tenga derecho a ésta satisfaga gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados por hijo menor de tres años.
Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo:
Con efectos desde 5 de julio de 2018, se incrementa el importe de la deducción hasta en 600 euros anuales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, según corresponda.
Obligación de declarar:
Con efectos desde el 1 de enero de 2018, se introducen dos modificaciones:
Por ganancias patrimoniales por cambio de residencia:
Límite conjunto excluyente de la obligación de declarar de 1.000 euros anuales, se incluyen también las demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas.
Por rendimientos de trabajo cuando se disponga de más de un pagador:
Pasa de un límite de 12.000 a 14.000 euros
Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo:
Con efectos desde 1 de enero 2018 se introduce una nueva deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes cuyos restantes miembros de la unidad familiar residan en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, lo que les impide presentar declaración conjunta. Mediante esta deducción se equipara la cuota a pagar a la que hubiera sido soportada en el caso de que todos los miembros de la unidad familiar hubieran sido resientes fiscales en España.
Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas:
Con efectos desde 5 de julio de 2018, se modifican las cuantías exentas de este gravamen.
- En el ejercicio 2018, estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 10.000 euros. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 10.000 euros se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
- En el ejercicio 2019, estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000 euros. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 20.000 euros se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
- En el ejercicio 2020 y posteriores, estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros. Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.
Novedades Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Exenciones interiores. (art. 20.Uno.6º LIVA) Servicios prestados por uniones, agrupaciones o entidades autónomas, incluidas Agrupaciones de Interés Económico (AIEs) a sus miembros Con efectos desde el 1 de enero de 2019 relativas a:
- Exenciones en las exportaciones de bienes: (art. 21.2º.A).a) LIVA) Con efectos desde el 5 de julio y vigencia indefinida
- Exenciones en las operaciones asimiladas a las exportaciones: (art. 22.Trece
LIVA) Con efectos desde el 5 de julio y vigencia indefinida - Tipos impositivos reducidos: Entrada a las salas cinematográficas y servicios de asistencia a personas en situación de dependencia (art. 91.Uno.2.6º y 91.Dos.2.3º LIVA), Con efectos desde el 5 de julio y vigencia indefinida
- Servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión: Con efectos desde el 1 de enero de 2019 y vigencia indefinida, el artículo 79 de la LPGE 2018 introduce las siguientes modificaciones en la LIVA
Novedades sobre el Impuesto de Sociedades (IS)
- Modificación de la regulación de la reducción de las rentas procedentes
de determinados activos intangibles - Modificación de la deducción por inversiones en producciones
cinematográficas, series audiovisuales, y espectáculos en vivo de artes
escénicas y musicales - Modificación de las facultades de la Administración para determinar la
base imponible y otros elementos tributarios - Modificación del régimen legal de los pagos fraccionados
- Modificación del régimen transitorio de la reducción de ingresos
procedentes de determinados activos intangibles.
Novedades sobre el Impuesto de Actividades Económicas
- Modificación del Epígrafe 251.3 sección primera de las Tarifas del IAE
aprobadas por Real Decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre. - Modificación del Epígrafe 253.1 sección primera de las Tarifas del IAE
aprobadas por Real Decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre. - Modificación del Grupo 847, “SERVICIOS INTEGRALES DE CORREOS Y
TELECOMUNICACIONES”, de la sección primera de las Tarifas del IAE
aprobadas por Real Decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre. - Modificación de la regla 4ª de la Instrucción para la aplicación de las
Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por Real
Decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre.
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