¿Cómo solicitar una incapacidad laboral?

Solicitar una incapacidad temporal

Un dolor que te impide trabajar. Una lesión crónica que te hace imposible ejercer tu oficio. Una invalidez grave que te ha apartado del mercado laboral. Hay decenas de situaciones que conducen a la petición de una incapacidad laboral, temporal o permanente; un procedimiento complejo desde el punto de vista personal, por lo que ello implica, pero también por los trámites burocráticos que hay que superar para ver concedido tu derecho.

¿Cómo iniciar la solicitud de incapacidad?

Según indica el ordenamiento español, existen tres vías para tramitar una incapacidad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede actuar de oficio por voluntad propia a consecuencia de un informe de la inspección de trabajo o del centro de salud correspondiente.

También las mutuas podrán solicitar la incapacidad para un trabajador, y una tercera vía es bajo solicitud del propio empleado afectado -en los centros de atención del INSS-.

Hay que tener presente que, obviamente, hay que demostrar esa incapacidad. Por ello se deben aportar actas médicas, informes, historiales, antecedentes y demás documentos acreditativos. También es necesaria la certificación de cotizaciones a la Seguridad Social.

No obstante, debes reunir unos requisitos, relativos a la afiliación y cotización, para poder solicitar esta incapacidad laboral, en cualquiera de sus grados (parcial, total, absoluta o gran invalidez, establecidos en el art. 194 de la Ley General de la Seguridad Social).

¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Se reunirá un Equipo de Valoración de Incapacidades, con carácter provincial, que será el encargado de tomar una decisión, a la luz de las pruebas aportadas, sobre si aprobar o no esa petición de incapacidad.

De esta se podrá dar audiencia al interesado y también a los profesionales que estimen oportunos para que expongan los hechos. Se parte de un informe médico consolidado para conocer la realidad de las lesiones que han llevado a solicitar esa incapacidad.

Será este Equipo de Valoración el que dictamine si corresponde o no incapacidad permanente, y de qué grado, en un plazo máximo de 135 días. No obstante, el afectado dispone de un periodo de alegaciones si no está de acuerdo con el veredicto.

¿Cuánto voy a cobrar por la incapacidad permanente?

Esta es una de las preguntas más comunes que pueden plantearse. Pero no hay una respuesta fija ya que dependerá de muchos factores, especialmente del grado de incapacidad otorgado y de la base reguladora que se usó para su solicitud.

También influye la edad del solicitante, o si cuenta con familiares a su cargo.

Revisión del grado de Incapacidad Permanente

Una vez concedida la incapacidad laboral, esta puede ser revisada posteriormente en caso de que se haya agravado o aparezcan nuevas dolencias para establecer un grado mayor; también en caso de mejoría, o si se detecta un error de diagnóstico, se podría revocar la incapacidad.

Generalmente se parte de la base de una incapacidad temporal para más tarde, si la enfermedad o lesión persiste, solicitar uno de los grados permanentes.

Pero es importante dejar claro que una Incapacidad Permanente no tiene por qué ser definitiva, sino que se establecen mecanismos para que sea nuevamente examinada si cambian las circunstancias.

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