Alta médica

Declaración médica, mediante el parte médico de alta, en las situaciones de incapacidad temporal, tras el reconocimiento del trabajador, que establece la plena aptitud para el trabajo.

También se producen altas médicas de asistencia sanitaria o al agotamiento del plazo máximo de duración de la incapacidad temporal, a los efectos de iniciar la instrucción de un procedimiento de incapacidad permanente.

El parte médico de alta es expedido por el facultativo del Servicio Público de Salud, del INSS o de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

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